sábado, 11 de febrero de 2012

Conflicto de intereses; un problema ético

Conflictos de Intereses

Por: Edwin Rodríguez
panatocumen@hotmail.com                  Twitter: @PanaTocumen

Cuando actuamos en nombre y representación de  la empresa, no hacemos ni autorizamos gratificaciones que contravengan la normatividad vigente y principios éticos contemplados en el código de ética.
Foto: Edwing A. Rodriguez 

Definición de conflicto de intereses:

Un conflicto de intereses surge cuando una persona, empleado del sector público o privado, es influenciado por consideraciones personales al realizar su trabajo.
son aquellas situaciones en las que el juicio del individuo -concerniente a su interés primario y la integridad de una acción, tienden a estar indebidamente influenciado por un interés secundario, de tipo generalmente económico o personal.
Así, las decisiones son tomadas con base en razones equivocadas. Los conflictos de
intereses percibidos, incluso cuando son tomadas las decisiones correctas, pueden ser
tan dañinos para la reputación de una organización y erosionar la confianza pública, como un conflicto de intereses realmente existente.

Conflicto de Intereses, Nepotismo y Amiguismo; son problemas de orden ético que menoscaban la credibilidad de muchas empresas:


·        -El colaborador,    no debe mantener relaciones o participar de situaciones en cuyo contexto sus intereses personales, laborales, económicos o financieros pudieran estar en conflicto con el cumplimiento de los deberes y labores a su cargo.

·        -El colaborador,  no debe Asesorar, patrocinar, representar directamente o por persona interpuesta, a ciudadanos o entidades, en cualquier materia o asunto que éstos tengan o puedan tener, ante cualquier unidad gestora de la empresa.

·        -Cuando se actúa en nombre y representación de la empresa, no se hace  ni se autoriza gratificaciones que contravengan la normatividad vigente y principios éticos contemplados en el  Código de Ética.

·        -El colaborador,    no puede,  formar parte de alguna firma o tener relación de negocios no autorizada con los competidores o suplidores.

·        -El colaborador, no debe operar ni trabajar en un negocio que compita con su empresa.

·        -Evitar  estrictamente la contratación de familiares en áreas comunes o bajo la misma Dirección, sin la autorización previa y por escrito del Director Funcional y el área de Recursos Humanos, además de que debe quedar manifestado por escrito en la Carta Manifiesto de Conflicto de Intereses y Confidencialidad de la Información que debe llenar todo colaborador de nuevo ingreso y ser renovada por todo el personal cada año.

·        -En respeto a la diversidad de culturas, creencias y religiones, no solicitamos contribuciones para organizaciones de caridad ni distribuimos material religioso o político sin que exista la autorización previa del área de Recursos Humanos.

·        -Pueden presentarse conflictos de interés, cuando algún empleado realiza en forma consistente actividades de carácter personal dentro del horario normal de trabajo, de forma tal que se antepongan al cumplimiento de sus responsabilidades como empleado de la empresa.

·        -Aún y cuando sean bien intencionados, los obsequios, viajes o cortesías, pueden ser mal interpretados. Por lo anterior, no se debe aceptar  ni ofrecer regalos, gratificaciones, donaciones, o cualquier beneficio en calidad personal. La aceptación de cortesías, de valor más bien simbólico que económico, está determinada por el criterio y sentido común de cada quién.

No se debe  utilizar la influencia personal para inducir a la empresa a realizar cualquier tipo de negocio en el que participan familiares o intereses personales.
Foto: Edwing A. Rodriguez
Se pueden presentar conflictos de interés cuando se hacen negocios o se compite con organizaciones en donde existen familiares.
Foto: Edwing A. Rodriguez 




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