ONPAR dicta en el Aeropuerto de Tocumen
seminario sobre atención al refugiado
Por: Edwin Rodríguez
El Ministerio de Gobierno a través de la
Oficina Nacional para la Atención de Refugiados (ONPAR), llevó a cabo en el
Aeropuerto Internacional de Tocumen un seminario-taller, orientado a divulgar
las leyes y decretos que aprueban en Panamá las convenciones y los protocolos
internacionales sobre "estatus de refugiados".
ONPAR es el
organismo oficial encargado de la coordinación entre distintas instituciones
del Estado panameño, para garantizar la protección de las personas que
solicitan refugio o asilo en Panamá.
En el seminario, que tuvo lugar en el Salón
de Capacitación de la terminal aérea, participaron autoridades aeroportuarias vinculadas
con Migración, Policía Nacional, Ministerio de salud, y colaboradores del
Aeropuerto de Tocumen.
Correspondió a Dalys González, Directora de
Gestión y Desarrollo Humano del Aeropuerto Internacional de Tocumen brindar
las palabras de bienvenida al seminario, al tiempo que elogió la misión que realiza
ONPAR de concientizar y promover soluciones en las entidades estatales sobre lo
importante que es el respaldo que se ofrece a la atención de las personas que
llegan a nuestras fronteras en busca de refugio.
“Estamos seguros que a
través de este seminario ampliaremos nuestros conocimientos sobre las normas
nacionales e internacionales vinculadas al Refugiado en Panamá y los Derechos Humanos
de las personas que vienen a nuestro país, pero sobre todo cómo
respetar su dignidad”, indicó González.
Por su parte, Aarón Lezcano, Asesor Legal de
ONPAR, señaló que el proceso inicia desde el momento en que los interesados
aplican la solicitud de refugiados, declaran su situación ya sea en la sede de
ONPAR o en el albergue donde se encuentren, posteriormente se les da un carné, se
realizan entrevistas legales, sociales y con psicólogos para evaluar las
condiciones, prestando especial atención de sus derechos humanos.
En tanto, Raúl Rentería, psicólogo de ONPAR, indicó
que Panamá mantiene el compromiso de brindar protección a las personas que
cumplan con la definición de refugiado, por su condición de suscriptor de la
Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 y de su Protocolo de
1967.
De acuerdo a la mencionada convención, se
considera refugiado al ciudadano que “debido a fundados temores de ser
perseguido por motivos de raza, religión, nacionalidad o pertenencia a
determinado grupo social o político se encuentre fuera del país de su
nacionalidad y no pueda o, a causa de dichos temores, no quiera acogerse a la
protección de tal país”.
Panamá tiene registrado entre 1990 y 2016 un
total de 2,319 personas bajo la condición de refugiados, cuyos principales
orígenes son Nicaragua, Colombia,
Venezuela y Cuba.
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