lunes, 12 de marzo de 2012

La Obligación de Denunciar

Puede interponer una denuncia cualquier ciudadano panameño o extranjero independientemente de que haya sido o no ofendido por el delito.

Por: Edwin Rodríguez

panatocumen@hotmail.com     /     Sígueme: @panatocumen


Estamos obligados a denunciar tanto delitos públicos como privados. Los delitos públicos son aquellos que se persiguen ‘de oficio’, esto es, por las propias autoridades.



¿Qué es  una denuncia?

Es la declaración que una persona efectúa por escrito para poner en conocimiento del Juez un hecho que cree que presenta las características de delito. Con ella el querellante solicita la apertura de una causa criminal en la que se investigará la comisión del presunto delito, y se constituirá como parte acusadora en el mismo.

Las denuncias en las organizaciones. ¿Por qué son importantes?

·     -Todo colaborador debe denunciar ante su superior o ante las autoridades correspondientes, Aquellos actos de los que tuviera conocimiento con motivo o en ocasión del ejercicio de sus Funciones.

·      -Toda persona que se considere lesionada de un delito perseguidle de oficio o que, sin pretenderse lesionada, tenga noticias de él, podrá denunciarlo al Juez, o al Ministerio Público, Fiscal o la policía.

·       -El colaborador, podrá   hacer la denuncia por escrito o verbalmente; personalmente, por representante o por mandatario con poder especial o general suficiente.

·     -Todo miembro de la empresa NO DEBE incurrir en conductas ambiguas, que pueden ser interpretadas como contrarias a la ética profesional expresada en el Código de Ética.

·  -Todo miembro de la empresa, tiene la obligación de denunciar los actos ilícitos, que afecten directa o indirectamente a la ORGANIZACIÓN y que sean de su conocimiento, ante el Director Ejecutivo y/o el c´´omite de ética.

·   -El colaborador, debe denunciar, los actos que pudieran causar perjuicio al Estado o constituir un delito o violaciones a cualquiera de las disposiciones contenidas en el presente Código.


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